Burocracia tras un parto

Burocracia tras un parto

de Antonio Penalva Lozano -
Número de respuestas: 4


Os transcribo un texto que amablemente me ha remitido Antonio Huertas (un padre que ha hecho el curso de preparación al parto con nosotros), y que seguro os será de gran utilidad para resolver la inevitable burocracia posterior al nacimiento de vuestro hijo sin tener que dar demasiadas vueltas.

Ellos han dado a luz en el Hospital General Universitario de Alicante, pero la dinámica va ser similar para cualquier hospital:

  1. REGISTRO CIVIL. Recoger en el Registro Civil (en los Juzgados de Alicante) los formularios a rellenar por el Hospital. Estos formularios pueden ser recogidos por cualquier persona nada más nacer el bebé o algún día antes. Van numerados y no admiten formularios rellenados con numeración anterior a siete días. Horario de atención al público de 9 a 13 h. Para este asunto y para inscribir al recién nacido no hace falta hacer cola. Pasas directamente a las mesas situadas a la izquierda del mostrador.

  2. HOSPITAL. Una vez rellenados la parte de los formularios que corresponde a los progenitores se entregan en el despacho de Administración de la planta de recién nacidos (3ª planta) para que sean rellenados por el Hospital y firmados por la matrona. Se recogen al día siguiente. Horario de recogida de 12 a 14 h (si no te das prisa no puedes inscribir al bebé en Registro hasta el día siguiente)
    En el momento de dejar los formularios del Registro Civil para que sean rellenados por el Hospital, solicitad allí mismo la baja por maternidad de la madre y los justificantes de hospitalización si los necesitáis para presentarlo en vuestra empresa. Esto lo hacen en el momento.

  3. REGISTRO CIVIL. Presentar los formularios rellenados por el Hospital y el formulario estadístico (también recogido anteriormente). Necesario presentar el Libro de Familia y el D.N.I. de los dos progenitores.
    Para las parejas casadas y residentes en Alicante este trámite lo puede hacer cualquiera de los progenitores presentando el D.N.I. de ambos progenitores y el Libro de Familia.
    Para parejas casadas residentes en otros municipios, este trámite se realiza en los juzgados del municipio de residencia y, por lo general, es necesaria la presencia de ambos progenitores.
    Para madres solteras u otras situaciones, consultad en cada caso.
    Ya que estáis en el Registro Civil puedes solicitar una Partida de Nacimiento Literal del recién nacido que sería necesaria presentar en la Policía si desearas solicitar pasaporte o D.N.I. del recién nacido (imprescindible para salir del País o para subir al bebé en un avión, según qué compañías aéreas).

  4. EMPRESA. Comunicar el nacimiento del hijo/a a la empresa de la madre y a la empresa del padre y solicitar en ambas el "Certificado de Empresa" necesario para la Solicitud de Prestación por Maternidad y por Paternidad respectivamente en el INSS. Entregar copia de la "Baja por Maternidad" y Justificante de Hospitalización en cada caso.

  5. INSS. (C/ Churruca – frente a Industria o C/ Médico Pascual Pérez – frente a la Policía)

    1. Inscribir al hijo/a como beneficiario en la "cartilla" de uno de los progenitores (normalmente la madre). Esto no tiene ninguna implicación en cuanto a IRPF y es imprescindible para poder solicitar la Tarjeta Sanitaria (SIP) del recién nacido. Esto se rellena por duplicado. Se trata de un formulario tamaño A6 que se solicita en el mostrador de información y debe ir firmado por el titular (madre o padre en cada caso). Necesario Libro de Familia rellenado por el Registro Civil con la inscripción del recién nacido, D.N.I. del titular, originales y fotocopias.

    2. Solicitar y presentar rellenados los formularios de Prestación por Maternidad. Los formularios se pueden recoger en las oficinas del INSS o descargar directamente de la página www.seg-social.es Para ir directamente pincha en este enlace:  MATERNIDAD . Es necesario entregar el certificado de empresa, formulario de comunicación de situación familiar al pagador, baja por maternidad, fotocopia del D.N.I. y fotocopia del Libro de Familia rellenado por el Registro Civil con la inscripción del recién nacido. Llevar siempre los originales para su cotejo.

    3. Solicitar y presentar rellenados los formularios de Prestación por Paternidad. Igualmente, los formularios se pueden recoger en las oficinas del INSS o descargar directamente de la página  www.seg-social.es Para ir directamente pincha en este enlace: PATERNIAD .Necesario entregar el certificado de empresa, formulario de comunicación de situación familiar al pagador, fotocopia del D.N.I. y fotocopia del Libro de Familia rellenado por el Registro Civil con la inscripción del recién nacido. Llevar siempre los originales para su cotejo.

    4. En el caso de ser madre no trabajadora, solicitar y presentar el Modelo 141 para recibir la prestación por nacimiento de un hijo (2.500 €)

  6. DELEGACIÓN DE HACIENDA. (Plaza de la Montañeta) En el caso de que la madre esté trabajando, solicitar y rellenar el Modelo 140 para recibir la prestación de 100 € al mes durante los 3 primero años (siempre y cuando se siga en activo). Este mismo formulario sirve para la solicitud de la prestación de 2.500 € por nacimiento de un hijo/a. Necesario D.N.I. de la madre.

  7. CENTRO DE SALUD. Para solicitud de la Tarjeta Sanitaria – SIP,  presentar la inscripción en el INSS de el recién nacido como beneficiario de uno de los progenitores debidamente sellado por el INSS junto con los SIPs de ambos progenitores, los DNI de ambos progenitores y el libro familia rellenado por el Registro Civil con la inscripción del recién nacido. Llevar siempre los originales para su cotejo.
    También se puede solicitar el SIP del recién nacido en el mostrador de información del Hospital presentando los D.N.I. y los SIPs de los progenitores, pero después hay que ir igualmente al INSS a asignar al recién nacido como beneficiario de uno de los progenitores y presentar todo en el Centro de Salud que le corresponda para la asignación de pediatra. Así que mejor hacerlo siguiendo el orden indicado anteriormente.

En respuesta a Antonio Penalva Lozano

Re: Burocracia tras un parto

de Antonio Penalva Lozano -
No varían, la dinámica es la misma.

Eso sí, como bien sabes, la prestación de 2500 € por nacimiento ya no está en vigor.

Atentamente
En respuesta a Antonio Penalva Lozano

Re: Burocracia tras un parto

de Soraya Jodar Lopez 74 -
Buenas tardes, Yo voy a tener a mi niño en Vistahermosa, al ser Clínica Privada... varían mucho los trámites??? Un saludo
En respuesta a Soraya Jodar Lopez 74

Re: Burocracia tras un parto

de vanessabrotonsvazquez238 vanessabrotonsvazquez238 -
Hola podría decirme alguien que haya parido ultimamente en el perpetuo socorro o en clínica privada, si la burocracia descrita anteriormente ha cambiado en algo o aun hay que realizarlo todo, yo veo muchas cosas para hacer cuando en el seguridad social te lo arreglan ya todo en el mismo hospital, aun es así? Estoy muy confundida, Gracias.